Página 36 - Memoria 2012 - RECOPE

Versión de HTML Básico

36
Memoria anual 2012 www.recope.com
Impuesto sobre la renta
En el 2012, el Estado de Resultados muestra una utilidad, por lo
que se aplicó el impuesto sobre la renta para ese período fiscal,
con base en lo dispuesto por el Tribunal Fiscal Administrativo en
el Fallo N° TFA-504-2011-P, que fue ratificado por la Sentencia N°
125-2012-VI del Tribunal Contencioso Administrativo. Para el
cálculo del Impuesto sobre la Renta no se aplica la deducción
de las Reservas de Inversión, según lo estipulado en la Ley 7722,
por cuanto para este año, no se aprobó un estudio ordinario de
precios por ARESEP, que contemplara el monto de las reservas
de inversión que pudieran ser deducidas.
Con base en ese cálculo se procedió a registrar ¢939 millones
por concepto de impuesto de renta. Es importante aclarar que
según lo que establece el artículo No. 22 de la Ley de Impuesto
sobre la renta, RECOPE debe realizar cancelaciones parciales en
el año; para el 2012, no se realizaron erogaciones de caja por
ese concepto, porque se aplicaron créditos fiscales a favor de
RECOPE por retenciones del 2% de impuesto sobre la renta que
realizaron sus clientes.
Desde inicios del año 2012 la Administración Tributaria está
realizando una auditoría fiscal sobre la aplicación del impuesto
sobre la renta de los períodos 2009 y 2010, la cual al finalizar el
año no había concluido.
Utilidad de operación y utilidad Neta:
La utilidad de operación acumulada a diciembre del 2012,
fue de ¢6.317 millones, si a esa utilidad se le suman los otros
ingresos y e le restan los otros gastos, resulta una utilidad neta
de ¢1.560 millones, la cual si se compara con la pérdida neta
a diciembre 2011 que alcanzó la cifra de ¢13.981 millones,
demuestra que la Empresa tiene una mejor posición financiera
en este periódo. Si a esta utilidad neta se le rebaja el impuesto
sobre la renta que es ¢939 millones, queda una utilidad
acumulada de ¢620 millones. Esta utilidad se vio afectada por
los atrasos en los aumentos y adelantos de las disminuciones
de los precios por parte de ARESEP y por no probarse el estudio
ordinario de precios.