Página 39 - Memoria 50 Aniversario - RECOPE textos

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obras nuevas, recarpeteos o
tratamientos
superficiales
de
calles y caminos, bacheos en
caminos asfaltados, así como la
solicitud firmada por el alcalde,
el acuerdo municipal, cédula
y personería jurídica, plano
de ubicación del proyecto y el
cronograma de inicio y término
de la obra.
Entre las restricciones está que
no pueden solicitar nuevas
donaciones hasta concluir las
obras para las que se aprobó,
no pueden realizar canjes con
los materiales donados, no se
permite el desvío de la donación
autorizada, ni siquiera, a otros
proyectos de asfaltado de la
misma municipalidad, si no existe
justificación y autorización previa,
por escrito de la Presidencia de
RECOPE: tampoco se autorizan
a aquellas municipalidades que
tengan casos pendientes ante el
Ministerio Público o la Contraloría
General de la República, debido
a alguna anomalía o supuesto
mal manejo de donaciones
autorizadas en el pasado.
Cabe señalar que RECOPE realiza
inspecciones antes, durante y
después de la realización de las
obras, con lo que se logra verificar
que el material donado fue
empleado en el proyecto para el
cual se autorizó.
Los gobiernos locales deben
presentar un informe sobre
la conclusión de la obra a la
Presidencia de RECOPE, con
el propósito de realizar la
fiscalización respectiva por parte
de los o las ingenieras de la
empresa.